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- Negotiations

Distrito Escolar del Valle de Boulder
Adoptado: 27 de octubre de 1977
Revisado: 18 de noviembre de 2025
OBJETIVOS DE LAS NEGOCIACIONES
(PRINCIPIOS QUE RIGEN LOS PRECEDIMIENTOS DE NEGOCIACIÓN)
Preámbulo
Todas las políticas, planes y reglamentos, así como el trabajo de cada empleado del Distrito Escolar, están dirigidos a cumplir la misión y la visión del Distrito Escolar.
El propósito del Consejo de Educación es brindar una educación del más alto nivel a los estudiantes del Distrito Escolar, teniendo en cuenta las necesidades y los deseos de los habitantes del Distrito Escolar, así como su capacidad y voluntad para apoyar dicho programa educativo.
La autoridad legal del Consejo emana directamente de la constitución estatal, tal como se expresa a través de la legislatura estatal y mediante los votos de los electores calificados dentro de los límites del Distrito Escolar.
El superintendente de las escuelas actúa como director ejecutivo y es responsable ante el Consejo del funcionamiento general del Distrito Escolar. El superintendente tiene la responsabilidad de llevar a cabo todas las políticas establecidas por el Consejo.
Todo el personal del Distrito Escolar tiene la máxima responsabilidad de brindar la mejor educación posible a cada estudiante en el aula.
El Consejo ha establecido un marco de políticas relacionadas con el proceso y los procedimientos de negociación. Además, a través del Consejo, el Distrito Escolar ha suscrito convenios de negociación colectiva con unidades de negociación reconocidas.
Principios que deben seguirse en los procedimientos de negociación profesional
Para alcanzar los objetivos del programa educativo que se imparte en las escuelas del Distrito Escolar, se requiere comprensión mutua, cooperación y buena fe entre el Consejo de Educación, el superintendente de escuelas, todo el personal del Distrito Escolar y los miembros de la comunidad. A estos efectos, el intercambio libre y abierto de opiniones es deseable, apropiado y necesario.
El éxito del programa educativo que se imparte en las escuelas públicas del Distrito depende de la buena voluntad de personal calificado que esté razonablemente satisfecho con sus condiciones laborales. Asimismo, se reconoce que el personal tiene derecho a afiliarse o a no afiliarse a cualquier organización para su desarrollo profesional o económico y para el avance de la educación pública, pero que la afiliación a una organización no será un requisito para el empleo en el Distrito Escolar.
Si bien los miembros del personal administrativo, incluidos, entre otros, los superintendentes asistentes, directores ejecutivos, directores, gerentes, directores y subdirectores, pueden organizarse o afiliarse a asociaciones profesionales, dichos empleados no son elegibles para ser incluidos en una unidad de negociación reconocida por el Consejo de Educación de conformidad con esta política. Las cuestiones relativas a los salarios, las condiciones de empleo y la tramitación de presuntas quejas serán determinadas como políticas por el Consejo de Educación, tras un periodo de consulta con el personal administrativo.
REFERENCIAS CONTRACTUALES
- Acuerdo de la Asociación de Empleados Clasificados del Valle de Boulder (BVCEA)
- Acuerdo de la Asociación Educativa del Valle de Boulder (BVEA)
- Acuerdo para Profesionales de la Oficina Educativa del Valle de Boulder (BVEOP)
- Acuerdo de la Asociación de Auxiliares Docentes del Valle de Boulder (BVPA)
