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- Negotiations

Distrito Escolar del Valle de Boulder
Adoptado: codificado en 1978
Revisado: 18 de noviembre de 2025
PODERES DE NEGOCIACIÓN Y RESPONSABILIDADES DEL CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo, como representante debidamente constituido de las personas y como agente del estado, es legalmente responsable de la gestión de la educación pública en el Distrito Escolar, y no es posible delegar, limitar o renunciar a la autoridad para tomar decisiones finales según lo dispuesto por la ley.
Los derechos del Consejo incluyen, entre otros, todos los asuntos relacionados con la gestión de las escuelas y su administración; la contratación y dirección del personal; la determinación del programa de instrucción del Distrito Escolar; y el derecho, conforme al Artículo X, Sección 20 de la Constitución de Colorado, a tomar medidas con respecto a las obligaciones financieras plurianuales.
Además, la gestión del Distrito Escolar para todos los fines se adjudica única y exclusivamente al Consejo y no se restringirá de ninguna manera, excepto en los casos especialmente limitados por los términos expresos de un acuerdo que sea permisible dentro del sistema normativo del Distrito Escolar. Incluso cuando el Distrito Escolar celebra un acuerdo negociado, conserva y mantiene única y exclusivamente todos sus derechos y responsabilidades constitucionales, legales y del derecho común para administrar el Distrito y tomar todas y cada una de las medidas necesarias para llevar a cabo la misión del Distrito.
