Boulder Valley School District

IGAE SP

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Archivo: IGAE SP (pdf)
Adoptado: 13 de junio de 1991
Revisado: 13 de agosto de 2019


EDUCACIÓN DE LA SALUD

El Consejo de Educación cree que el objetivo de la educación de la salud no solo es la prevención de enfermedades, sino también la promoción del bienestar físico, intelectual, social, emocional y espiritual. En una escuela saludable, los estudiantes reciben mensajes culturalmente sensibles, de manera continua, que reafirman su sentido de valor personal, apoyan su individualidad personal y familiar y resaltan la responsabilidad personal de tomar decisiones relativas a su salud. Dadas las posibles consecuencias para el bienestar general y el progreso académico de los comportamientos riesgosos para la salud, es necesario tener un programa completo de educación de la salud como parte del plan académico de estudios. No solo es importante que los jóvenes aprendan hechos básicos de la salud, sino también es igual de importante que fortalezcan su autoestima, desarrollen destrezas para evaluar los valores y las creencias fundamentales relativas a la salud y tomen decisiones responsables. Con la adquisición de estos conocimientos y el desarrollo de las destrezas necesarias para tomar decisiones, los jóvenes estarán más preparados para vivir una vida más saludable.

Como parte de un programa completo de educación de la salud, el Consejo de Educación cree que los estudiantes deben aprender a comprender y respetar sus propios cuerpos a medida que crezcan y pensar en el desarrollo de su sexualidad desde la perspectiva de sus valores personales y la manera en que valoran a los demás. Para lograr este objetivo, la sexualidad en los seres humanos formará parte del plan de estudios de la salud del Distrito. El sistema de valores sobre la cual se basa la enseñanza efectiva de la sexualidad en los seres humanos apoya el reconocimiento de la dignidad humana y la existencia de diferentes opiniones basadas en creencias fundamentales e ideales religiosas y morales.

El compromiso del Distrito Escolar del Valle de Boulder a la educación de la salud representa la convicción de que la salud de los jóvenes es una responsabilidad compartida por la familia, la escuela y la comunidad. El papel de la escuela deber ser proporcionar información que es relevante y correcta desde una perspectiva médica y científica, fomentar la apreciación de las creencias personales de cada uno, proporcionar un aprendizaje práctico y apropiado para la edad del estudiante y promover la responsabilidad personal de tomar decisiones relativas a la salud individual.

DEFINICIONES

“Educación completa de la salud” significa un programa de la salud planificado y secuencial, con experiencias de aprendizaje en preescolar, kindergarten y los grados del uno al doce, y que incluye, pero no se limita a, los siguientes temas:        

(a) Enfermedades contagiosas, incluyendo, pero sin limitarse a, enfermedades relacionadas al síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) y el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH);

(b) La salud comunitaria y ambiental;

(c) La salud de los consumidores;

(d) La salud dental;

(e) El consumo de tabaco, alcohol y otras drogas;

(f) El crecimiento y desarrollo de los humanos;

(g) Condiciones hereditarias y del desarrollo;

(h) Salud mental y emocional;

(i) Nutrición, salud personal y acondicionamiento físico;

(j) Educación de la vida familiar;

(k) Prevención de lesiones, la seguridad, seguridad de los vehículos motorizados y asistencia médica de emergencia;

(l) Comportamientos y preocupaciones de alto riesgo; y

(m) Enseñanza apropiada para la edad acerca de las responsabilidades y expectativas familiares, el desarrollo de los niños y la crianza de los hijos.

 

“Educación completa de la sexualidad en los seres humanos” significa información médicamente correcta acerca de todas las maneras de prevenir embarazos no previstos y enfermedades de transmisión sexual, incluyendo VIH, y la conexión entre el virus papiloma humano y el cáncer, y otros tipos de cáncer afectando los sistemas reproductivos de los humanos, incluyendo el cáncer prostático, testicular, ovárico y uterino. Los métodos deben incluir información acerca del uso correcto y consistente de la abstinencia, la anticoncepción, los condones, otros métodos de barrera y otras medidas preventivas.

Entre los contenidos adicionales de la educación completa de la sexualidad en los seres humanos están:

(I)     Alentar la comunicación familiar acerca de la sexualidad;

(II)    Un enfoque en el desarrollo de relaciones seguras, incluyendo la prevención de violencia sexual en las relaciones de pareja y enseñando a los jóvenes cómo reconocer y reaccionar de manera segura y efectiva ante situaciones en las que puede estar ocurriendo violencia sexual o física, y en qué ocasiones hay un riesgo de que estos comportamientos ocurran; y

(III)   Enseñando a los jóvenes cómo el consumo del alcohol y drogas puede afectar la habilidad de tomar decisiones responsables.

«Culturalmente sensible» significa la integración de conocimientos acerca de individuos y grupos de personas en estándares específicos, requisitos, normas, prácticas y actitudes. “Culturalmente sensible” incluye información, referencias y recursos que son significativos para las experiencias y necesidades de las comunidades de color; comunidades inmigrantes; comunidades lesbianas, gays, bisexuales y transgéneras; personas intersexuales; personas con discapacidades intelectuales o físicas; personas que han sido víctimas de abuso sexual; y otras personas cuyas experiencias tradicionalmente no se han integrado a los programas, normas y educación de la salud. Las leyes de Colorado exigen prácticas culturalmente sensibles en todas las áreas del plan de estudios de las escuelas públicas. Las conversaciones acerca de la identidad de género, percepción corporal y las diferentes estructuras familiares no son únicas a la educación completa de la salud o la educación de la sexualidad en los seres humanos.

“Enseñanza” significa una clase, lección o presentación oral, escrita o digital presentada por personal escolar o no escolar. La enseñanza no incluye conversaciones de los estudiantes o respuestas breves a preguntas de los estudiantes que surjan durante clases que no forman parte de la educación completa de la salud, incluyendo la educación de la sexualidad en los seres humanos.

REQUISITOS

1.         El plan de estudios y los materiales que se usarán en el programa de salud del Distrito serán congruentes con las leyes aplicables, los estándares del Estado y el plan de estudios aprobado por el Distrito. El plan de estudios y los materiales básicos estarán disponibles, durante el día escolar, para la inspección de cualquier miembro del público que lo pida. El superintendente o su nombrado organizará regularmente un foro público para recibir comentarios del público con respecto al plan de estudios y los materiales empleados en el programa de educación de la salud.

2.         Los padres/tutores legales de todos los estudiantes recibirán una aviso por escrito del programa completo de educación de la salud del Distrito. Tal aviso informará a los padres/tutores legales de la habilidad de excluir a sus estudiantes de cualquier porción de la enseñanza, incluyendo porque los temas son contrarios a sus creencias y enseñanzas religiosas o las creencias muy personales del estudiante o sus padres/tutores. Los estudiantes cuyos padres/tutores han presentado una solicitud escrita de exclusión serán eximidos, sin castigo o trabajo adicional, de participar en las porciones del plan de estudios de la salud identificadas por los padres/tutores. Todos los registros de exclusión se guardarán en los expedientes del estudiante.

3.            Es posible que se usen presentadores comunitarios para realzar el plan de estudios de la salud con presentaciones apropiadas y oportunas acerca de los temas que forman parte de los materiales de aprendizaje. Será la responsabilidad del maestro de salud preparar a los estudiantes para las presentaciones de estos oradores comunitarios y dar seguimiento después. Los presentadores y el contenido de sus presentaciones deben ser aprobados por la administración del distrito o un comité, tal como lo exija el superintendente. Los presentadores y otros recursos estarán disponibles en la guía de recursos de los maestros de salud, y se actualizarán de manera regular.

REQUISITOS ADICIONALES PARA LA EDUCACIÓN DE LA SEXUALIDAD EN LOS SERES HUMANOS

1.      Debido al aspecto delicado del plan de estudios de la sexualidad en los seres humanos, todos los materiales suplementarios que se usarán en el salón para la enseñanza de la sexualidad en los seres humanos deberán ser aprobados por los administradores escolares. Esto es adicional a las normas y reglas ya establecidas que controlan la aprobación de materiales nuevos.

2. La enseñanza se ofrecerá a todos los estudiantes entre los grados 4-12, según el alcance y la secuencia del plan de estudios del Distrito.

3. Solo el personal aprobado del distrito podrá enseñar el plan de estudios de la sexualidad en los seres humanos, después de completar el entrenamiento obligatorio.

4. Se podrá responder de manera breve y específica a cualquier pregunta espontánea que pueda surgir durante la educación de la sexualidad en los seres humanos.

5. Tal como lo requiere la ley estatal, esta norma prohíbe la enseñanza explícita o implícita o la promoción de cualquier ideología religiosa o dogma sectaria por medio del uso de lenguaje que estigmatiza o avergüenza, el uso de normas o estereotipos de género o con la exclusión de experiencias sexuales o relacionales de individuos gays, lesbianas o transgéneros.

6. Las escuelas notificarán por escrito a los padres/tutores legales de todos los estudiantes por lo menos dos semanas antes de comenzar la enseñanza del programa completo de educación de la sexualidad en los seres humanos. La notificación a los padres/tutores legales deberá incluir:

·   un resumen detallado y sustancial de los temas y materiales que se presentarán en la porción del plan de estudios programado, con respecto a la educación completa de la sexualidad en los seres humanos; y,

·   una solicitud (IGAE-E) que los padres pueden usar para excluir a sus estudiantes de cualquier porción de la enseñanza, incluyendo porque los temas son contrarios a sus creencias y enseñanzas religiosas o las creencias muy personales del estudiante o sus padres/tutores.

Los estudiantes cuyos padres/tutores han presentado una solicitud de exclusión por escrito serán eximidos, sin castigo o trabajo adicional, de participar en las porciones del plan de estudios que incluyen la educación completa de la sexualidad en los seres humanos. Todos los registros de exclusión se guardarán en los expedientes del estudiante.

 

 REFS. LEGALES:

C.R.S. § 22-1-128 (educación de la sexualidad en los seres humanos)

C.R.S. §§ 22-25-101-110 (programas educativos completos de la salud)

C.R.S. § 22-25-104 (6)(d)(el distrito debe mandar una notificación con dos semanas de anticipación con el resumen y la solicitud, permitiendo que los padres excluyan a sus estudiantes de participar)

C.R.S. § 22-25-106 (4) (el distrito debe proporcionar procedimientos de exclusión, basado en las creencias o enseñanzas religiosas del estudiante o de sus padres/tutores)

OTRAS REFERENCIAS:

IF, Desarrollo y revisión del plan de estudios

IGAG, La enseñanza sobre el alcohol, tabaco y drogas

IJ, La selección y adopción de materiales de enseñanza

IKF, Requisitos de graduación


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