Boulder Valley School District

JRCB-R SP

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JRCB-R SP

Archivo: JRCB-R SP (pdf)
Adoptado:  12 de diciembre de 2017


LA PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL DEL ESTUDIANTE
(Procedimiento para audiencias y quejas)

Incumplimiento de contrato de una entidad que presta servicios escolares por contrato

Dentro de un plazo de tiempo adecuado, después de que el distrito determina que una entidad que presta servicios escolares por contrato ha cometido un incumplimiento de su contrato con el distrito, y que tal incumplimiento incluye el abuso o divulgación no autorizada de información que personalmente identifica a un estudiante (PII, por sus siglas en inglés), el Consejo tomará una decisión referente a la cancelación del contrato que tiene con la entidad que presta servicios escolares por contrato, de acuerdo con el siguiente procedimiento.

  1. El distrito notificará a la entidad que presta servicios escolares por contrato de los detalles en las que ha basado su determinación que la entidad que presta servicios escolares por contrato ha cometido un incumplimiento de su contrato y notificará a la entidad que presta servicios escolares por contrato de la fecha de la reunión en la que el Consejo planea hablar del incumplimiento.
  2. Antes de la reunión del Consejo, la entidad que presta servicios escolares por contrato puede entregar al distrito una respuesta, por escrito, acerca del incumplimiento.
  3. El Consejo hablará de los detalles del incumplimiento durante una reunión normal o especial.
  4. En la reunión del Consejo, se autorizará primero a un representante del distrito a presentar testimonio u otra evidencia referente a la conclusión del distrito acerca del incumplimiento. La entidad que presta servicios escolares por contrato tendrá entonces la oportunidad de responder, presentando testimonio y otra evidencia. Si la entidad que presta servicios escolares por contrato no puede asistir a la reunión, el Consejo tomará en consideración cualquier respuesta escrita que haya entregado al distrito la entidad que presta servicios escolares por contrato.
  5. Si miembros del público desean hablar en la reunión del consejo acerca del incumplimiento, se les permitirá hacerlo, de acuerdo con la política del Consejo referente a la participación del público en reuniones del Consejo.
  6. El Consejo determinará, dentro de un plazo de 30 días después de la reunión del Consejo, si se cancelará el contrato de la entidad que presta servicios escolares por contrato y notificará a tal entidad de la decisión. La decisión del Consejo será definitiva.

Quejas del padre o tutor legal

De acuerdo con la política asociada, el padre, madre o tutor legal de un estudiante del distrito puede entablar una queja por escrito con el Superintendente si el padre, madre o tutor legal piensa que el distrito no ha cumplido con la Ley de Transparencia y Seguridad de los Datos del Estudiante (la Ley).

  1. La queja del padre/madre/tutor legal deberá declarar específicamente cuáles de los requisitos de la Ley piensa el padre/madre/tutor legal que han sido transgredidas y qué ha sido el impacto en su niño/a.
  2. El superintendente o su nombrado deberá contestar a la queja escrita del padre/madre/tutor legal dentro de un plazo de 30 días después de recibir la queja.
  3. Dentro de un plazo de 10 días después de recibir la respuesta del distrito, el padre/madre/tutor legal puede apelar la respuesta con el Consejo. Debe entregar la apelación, por escrito, al superintendente.
  4. El Consejo revisará la queja del padre/madre y la respuesta del distrito durante una reunión normal o especial. Un representante del distrito y el padre/madre/tutor legal pueden hacer una declaración corta al Consejo, pero no pueden presentar nueva evidencia o nuevos reclamaciones. El Consejo puede optar por llevar a cabo la apelación en sesión ejecutiva, siempre que lo permita la ley.
  5. El Consejo hará una determinación referente a la queja del padre/madre/tutor legal que el distrito no cumplió con la Ley dentro de un plazo de tiempo de 60 días después de la reunión del Consejo. La decisión del Consejo será definitiva.
  6. Este procedimiento no será aplicable a preocupaciones del padre/madre/tutor legal acerca de los expedientes educativos de su niño/a. Si el padre/madre/tutor legal entabla una queja en referencia a los expedientes educativos de su niño/a, el distrito seguirá sus procedimientos que controlan el acceso a, y revisión de, los expedientes educativos estudiantiles, de acuerdo con FERPA, las leyes estatales aplicables y las políticas del distrito.

Ley aplicable y la política del Consejo

Nada de lo que está contenido aquí dentro se interpretará de tal manera que otorga a una persona el derecho a una audiencia independiente de una política del Consejo, un procedimiento administrativo, estatuto, regla, reglamento o un acuerdo que específicamente otorga tal derecho. Los procedimientos del proceso de quejas y audiencias descritas en este reglamento aplicarán, a no ser que el contexto requiera lo opuesto y/o si los requisitos de otra política, procedimiento, estatuto, regla, reglamento o acuerdo contradice explícitamente alguno de estos procedimientos, y en el caso que las condiciones de la política, procedimiento, ley, regla, reglamento o acuerdo opuesto toman prioridad.

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